Modificación relevante de la normativa del IRPF sobre formación médica

El pasado 30 de diciembre, el BOE ha publicado una modificación de la normativa del IRPF del Ministerio de Hacienda por la que la formación médica no va a tributar en el IRPF, según recoge el Real Decreto 1074/2017, de 29 de diciembre.

Desde la fecha señalada, dentro de los gastos de estudio para la capacitación o reciclaje del personal que no constituyen retribución en especie se encuentran también aquellos que son financiados indirectamente por Instituciones, empresas o empleadores para la actualización, capacitación o reciclaje de su personal, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características de los puestos de trabajo, incluso cuando su prestación efectiva se efectúe por otras personas o entidades especializadas.

Se entiende que los estudios han sido dispuestos y financiados indirectamente por el empleador cuando se financien por otras empresas o entidades que comercialicen productos para los que resulte necesario disponer de una adecuada formación por parte del trabajador, siempre que el empleador autorice tal participación.

PDF Real Decreto 1074/2017